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lunes, 9 de febrero de 2015

116 * #CasoPractico "Rigor Amortis S.A." (Métodos de #amortización, #actualización de activos y efecto expansivo amort). R.E.F. Nº 122. Mayo 1993 #CasoPracticoEEC

Joaquim-Andreu Monzón Graupera

Universitat de Barcelona


En esta entrada 116. publico el enunciado y la solución del caso práctico "Rigor Amortis, S.A." en el que se combina la técnica amortizativa, la actualización del valor de los activos y la aplicación de los modelos matemáticos de Lohmann y Rüchti (basados en trabajos previos de Marx, Engels y Polak) que intentan averiguar el efecto expansivo de la estructura de la empresa, cuando se trata de reinvertir sistemáticamente las dotaciones de amortizaciones para ampliar las operaciones de la empresa siendo éste el método principal de ampliación de su estructura; lo que significa que no estarán ampliando ni la autofinanciación neta dedicada a las reinversiones ni se estarán financiando los procesos estructurales de expansión mediante nueva deuda ni a través de ampliaciones de capital.

Fue publicado por la Revista "Estudios Financieros" en su número 122 (mayo 1993); pare ello tuve que efectuar algunas modificaciones en su estructura de presentación.

Aquí consigno el enunciado y la solución del caso práctico por una parte y además el artículo que luego publicó la revista (que integra enunciado y solución, con alguna modificación, como se ha dicho).

Enunciado, link :

116. a.    https://goo.gl/CW7ZZp

Solución, link:

116. b.    https://goo.gl/RcDkh9

Artículo publicado por la Revista "Estudios Financieros" (número 122, mayo 1993). Link:

116. c.    https://goo.gl/6kAvjW

......

COMENTARIO:

"Amortización" es una palabra en español que deriva del latín "a-mortis", que significa aproximadamente "no muerte". Se entiende una "no muerte" económica, pues en sentido físico solamente "no se mueren" algunos tipos de inmovilizado material como los terrenos o los solares; no obstante sí pueden cambiar su valoración y su adaptación a usos concretos. El resto, "acaba muriendo" un día ú otro.

El término "amortización" se utiliza para describir la actuación contable consistente en valorar la depreciación de un activo fijo material o inmaterial durante un período concreto, para lo cual se habrá de usar una serie de técnicas valorativas y estimativas que conduzcan a aplicar a cada período futuro concernido por la existencia de este bien de inmovilizado, los criterios adecuados para determinar el coste del activo a aplicar contablemente.

Si el bien fuera un activo corriente no se amortizaría. Al final del período se verificaría si I) ya se ha consumido irreversiblemente, o bien si II) todavía permanece sin usar, calificación que debe ser determinada por mecanismos suficientes de control y una adecuada contabilidad de costes.

Como entendemos que tal activo es "no corriente", hay dos posibilidades: A) o bien -en algunos casos- se declararía como coste del ejercicio el 100% de su valor, si por su escasa importancia el bien conceptualmente es de inmovilizado pero por el "principio contable de importancia relativa" o de "materialidad", puede considerarse como gasto corriente; o B) deberá procederse a la amortización periódica del bien de inmovilizado, si no existe ningún impedimento, como que todavía esté en curso de instalación y por lo tanto no puede generar ingresos o efectos benéficos.

A efectos de la claridad conceptual, no debemos confundir el significado de la amortización con el de la depreciación, aunque sí se haga en América.

La depreciación es la causa; la amortización es su efecto contable, efecto siempre sometido a unas normas y limitaciones ligadas a los principios de medición y de valoración.

Una vez que se ha determinado que un elemento de activo fijo material o intangible debe ser amortizado, hay que preguntarse cuál será su vida útil estimada y, dentro de ella, cuál parece que va a ser el ritmo de depreciación.

Dicen que los gatos tiene siete vidas; y los elementos de inmovilizado, que sepamos, solamente tres:

1. Vida física: años de duración de un activo fijo que (casi) no se usa.

2. Vida funcional: años de duración de un activo sometido a un uso normal y con un mantenimiento preventivo y curativo correctos.

3. Vida económica: la vida asociada directamente a los efectos depredadores del progreso técnico. Contra más progreso técnico exista en una rama de la economía, mayor obsolescencia presentarán sus equipos productivos existentes y más rápido dejarán de ser competitivos comparados con los equipos o soluciones de nuevas tecnologías que vayan ofreciéndose en el mercado. 

Los economistas (Von Hayek) califican la obsolescencia como el deterioro económico de un activo fijo (por causa del progreso técnico), que es mayor que en el sentido físico -o si se quiere, funcional- del término.

La vida física siempre será mayor que la vida técnica, y ésta será mayor que la vida económica, excepto que no exista progreso técnico (hipótesis muy improbable). Si no existiera progreso técnico, la vida técnica y vida económica serían idénticas.

No deseamos complicar la presentación de esta entrada 116. con el efecto colateral que pueda provocar el cambio de los niveles de precios en la competitividad de los elementos de inmovilizado existentes.

De todos modos el caso publicado en esta entrada entra de lleno en la consideración de los efectos jurídicos de los cambios de niveles de precios, normalmente sustanciados en coeficientes de actualización de valores de dichos activos, que se aplican tanto al coste histórico del bien como a las dotaciones de amortizaciones ya practicadas, discriminando adecuadamente según sea el año de contabilización respectivo. En España se han aplicado cuatro o cinco leyes o decretos de regularización contable y/o de actualización de valores, durante los últimos 40 años del siglo XX.

En la actualidad parece raro el problema inflacionario (incluso estamos padeciendo breves períodos de inflación negativa, de deflación), pero la historia nos indica que han sido mucho más numerosos y largos los períodos inflacionarios que los deflacionarios. Por tanto la formación del economista no puede obviar las técnicas de adaptación valorativa a los procesos inflacionarios, ya que en su vida profesional, sin duda se va a encontrar con ellas.

En un sector concreto con alto progreso técnico y en un período con alta inflación, seríamos capaces de observar como, en todo o en parte, ambos fenómenos se compensan y desactivan valorativamente. La obligación del contable sería valorar lo mejor posible el desgaste del bien o del equipo correspondiente, en función de previsiones de velocidad de progreso técnico y de la velocidad prevista de cambio del nivel de precios. 

Para poder actuar justamente, debería tener mayor autonomía de la que se le confiere ordinariamente para efectuar su trabajo, mediante reglas contables y fiscales.

Pero Hacienda ve mal cualquier fenómeno que acorte la percepción de impuestos sobre el beneficio. Por tanto, intenta acotar sus efectos mediante reglamentos promulgando coeficientes de amortización (afortunadamente las empresas hace tiempo que se benefician de la separación de las normas contables y las normas fiscales de amortización económica); y, si el historial previo ha sido inflacionario, también leyes periódicas de actualización de activos, de las que intenta sacar provecho haciendo onerosos dichos procesos para las empresas que se acojan.