Universitat de Barcelona
Foto: Luis de Guindos Jurado
EDICIÓN
Puede consultarse una breve edición de resúmenes y párrafos del artículo mencionado del Sr. Luis de Guindos Jurado, clicando el siguiente enlace:
495. a. https://bit.ly/2KEJDoY
Este artículo escrito por un joven De Guindos (24 años) en la época en la que concursaba a oposiciones del Estado Español (fue su primer artículo importante) usó como base la obra de William Silber: "Towards a Theory of Financial Innovation", publicada en 1975.
De Guindos resume en su artículo dos teorías sobre la innovación financiera. La primera alude a las restricciones a que se ven sometidas las instituciones financieras por parte de los distintos marcos legales, que provocan una respuesta de éstas para adaptarse y superarlos (incluso burlarlos parcialmente) mediante la innovación. La segunda -que para De Guindos es complementaria a la anterior y no sustitutiva- es "la teoría de la demanda de características" que atribuye a la presión de los demandantes el motor de la necesidad de que se efectúe innovación continua en este dinámico sector.
Para quien esto escribe, tal vez la clave de la innovación financiera radica en una tercera causa, que es la imposibilidad de patentar las innovaciones financieras. Dicha restricción legal hace que la copia (finamente llamada "benchmarking financiero") entre instituciones sea continua, por lo que una vez lanzada cualquier innovación financiera por parte de una entidad bancaria, las demás instituciones responden a este nuevo hecho con su propia innovación al cabo de horas o a lo sumo, después de unos días; y si es posible, mejorada.
Esta peculiaridad legal acelera aún más el proceso de innovación financiera, porque nadie puede apropiarse de una "renta de situación" basada en la exclusividad de una patente; hay que aprovechar la pegada de ser el innovador a los ojos del mercado y resistir al máximo en primera línea a los ojos de los clientes.
Si reflexionamos, la que se acaba de mentar in abstracto no es una tercera causa de innovación, sino una variante importante de la primera de las dos descritas más arriba.
En el fondo cabe considerar como restricción institucional, el hecho de que el innovador no pueda proteger jurídicamente -y por lo tanto, está impedido de beneficiarse temporalmente del producto de su esfuerzo intelectual y organizativo- y que, por ello, la única forma de rentabilizarlo sea presionar al máximo su introducción en el mercado, puesto que las demás instituciones bancarias realizan un "me-too" y se llevan parte de los beneficios adicionales de la innovación, hasta que ésta se convierte en una mera "commodity" o en un producto genérico.
BREVE COMENTARIO SOBRE INNOVACIONES FINANCIERAS RECIENTES
Un caso claro de innovación disruptiva en el sector financiero, es el aportado por las empresas "Fintech" (contracción de finanzas + tecnología). Sus formas de competir son ágiles, con menos regulaciones que las referentes a las instituciones financieras tradicionales (las esquivan diestramente) y usando muchas veces la economía colaborativa, demostrada por plataformas de intercambio de divisas como la que construyó Kantox hace unos años, caso que pongo como ejemplo, pero desconozco si esta empresa fue la inventora de tal concepto de negocio.
El concepto de negocio de Kantox (y el de otras empresas "Fintech" similares) inicialmente destrozó la cuenta de resultados de la banca directamente asociada a la intermediación de divisas, actividad que tenía una mecánica comercial muy poco transparente y en algunos casos, abusiva. Más segura que la de las plataformas mencionadas, si, pero mucho más cara para el cliente de extranjero.
¿Cual ha sido la reacción de los bancos importantes ante las plataformas de intercambio de divisas? Seguramente ellas esperaban una reacción fulminante basada en adquisiciones de algunas de dichas start-up por parte de los bancos. Me consta que algunas rezaban para poder beneficiarse de fuertes pelotazos financieros.
Pero los bancos se han decantado más bien por hacer "me-too" y crear sus propias plataformas, mejorando la transparencia y siendo más competitivos. Por lo tanto, aquí tenemos una consecuencia de la no patentabilidad de la innovación financiera.
En resumen: ante una innovación disruptiva de los advenedizos en el mercado, los bancos han planteado preferentemente la estrategia "me-too". Son conscientes de que se puede perder enteramente un cliente a causa de una operación de extranjero que ha dejado en descubierto un abuso bancario previo; por eso se adaptan a la mecánica de estas "Fintech".
Lo que no tiene cada "Fintech" en oferta (han nacido sumamente especializadas) son "supermercados financieros" que puedan atender toda la demanda financiera de una empresa. Este es un evidente punto débil que no tiene la Banca, precisamente.
Por otra parte los"préstamos-fuera del sistema bancario" realizados por otro tipo de "Fintech" como es Arboribus en España, son responsables de más del 10% de esta línea de negocio -porcentaje creciente- hasta hace poco monopolizada por los bancos.
Es de esperar que estas innovaciones disruptivas -que se benefician del desconcierto regulador que han introducido en el mercado y que no acaban de ser domesticadas por cada Banco Central nacional- no generen algún problema financiero grave, que solo pueda solucionarse a la vista del escarmiento asociado a las pérdidas de dinero y de prestigio que ocasione. La innovación como concepto y la seguridad financiera, no siempre casan bien.
....
Personalmente no recuerdo donde leí la tesis de la aceleración de la innovación financiera gracias a la no-patentabilidad. Observo que la adujo en 1990 el consultor bancario Sr. Ramón Casilda Béjar, como puede comprobarse aquí:
495. b. https://bit.ly/2FNMSXG
Los dos artículos que se mencionan a continuación, tienen grandes probabilidades de que traten este asunto:
DUFEY, G., y GIDDY, I.H.: (1.986) "La innovación en los mercados financieros internacionales". En: Revista "Información Comercial Española". Madrid. Nº 629. Pg. 17-33. Traducción al castellano de Innovation in the Financial Markets. En: "Journal of International Business Studies". Fall 1.981.
VAN HORNE, J. C.: (1.986) "De la innovación financiera y sus excesos". En: "Información Comercial Española". Madrid. Nº 629. Enero. Pg. 7-15. Original en inglés: "Of Financial innovations and excesses". En: "Journal of Finance". Vol. XL. Nº 3. July 1.985.
VISIÓN RECIENTE SOBRE LA INNOVACIÓN FINANCIERA
Una visión reciente sobre la innovación financiera fue publicada por BBVA en 2013: "Innovación financiera: una visión equilibrada". En esta nota se admite que hay "innovación financiera destructiva" y se alaba y defiende la "innovación financiera constructiva", que sirve para:
1) Generar "nuevos medios de pago y de depósito de patrimonios".
2) "Proporcionar medios para obtener intereses, dividendos y ganancias de capital por el dinero invertido en las finanzas".
3) "Traslado del ahorro a la inversión, en el país o en el exterior"; y
4) Para BBVA "una función esencial de las finanzas, a veces pasada por alto, es la asignación de los riesgos a aquellas personas más deseosas y capaces de asumirlos. Algunas veces esta función se confunde con la creencia de que las finanzas reducen el riesgo global. Ni lo hacen ni podrán hacerlo. En lugar de eso, lo más que pueden hacer las finanzas es trasladar el riesgo a aquéllos que más eficientemente pueden asumirlo y extenderlo de manera que no se concentre excesivamente en pocas manos".
Este documento alude a la importante Ley Dodd-Frank, aprobada por el Congreso norteamericano en el verano de 2010, considerada como la reacción institucional más importante desde la crisis de 1929 ante una enorme crisis financiera (como la que se dio en 2007-08).
En el momento de publicar el BBVA este escrito -2013- se hacía alusión a los más de 200 reglamentos cuya publicación se esperaba para poderla desplegar completamente.
No cabe duda que el errático mando de Trump desnaturalizará absolutamente la capacidad protectiva del gobierno norteamericano regulando la macroeconomía financiera, por lo que pueden producirse -estimo- nuevos y graves peligros de crisis en un futuro próximo. Uno de ellos podría consistir en una desaforada subida de los tipos de interés; pero extrañamente de momento no se ha producido, probablemente gracias a la habilidad equilibrista y el talento de la Presidente de la Reserva Federal norteamericana, la catedrática Janet Yellen.
El documento del BBVA acaba su exposición con las siguiente sentatas palabras: "Independientemente del modo en que valoremos la innovación financiera pasada, la reciente crisis nos enseña que los responsables políticos deben ser más rápidos en corregir los abusos en el momento en que surgen, e impedir que las innovaciones financieras destructivas causen el tipo de estragos económicos que, por desgracia, acabamos todos de presenciar".
Puede consultarse el mencionado documento, por medio del siguiente enlace:
495. c. https://bbva.info/2rjTQ2j
AUTOR Y OBRA
El Dr. Luis de Guindos Jurado nació en 1960. Se licenció en CUNEF y obtuvo el doctorado en Economía en la Universidad Complutense de Madrid, con Premio Extraordinario. Consiguió plaza en la oposición de Técnico Comercial y Economista del Estado, con el número 1 de su promoción.
Profesionalmente ha seguido una carrera de base altamente tecnocrática, enlazando sucesivamente posiciones cada vez más importantes en el sector público y en el privado. Por ejemplo, llegó a ser segundo del Ministerio de Economía que dirigía Rodrigo Rato en los gobiernos de Aznar, estuvo en un alto cargo para Europa del Banco de Inversión Lehman Brothers en los años previos a la gran crisis de 2007 y más tarde pasó a PwC, de donde fue aupado por Rajoy al Ministerio de Economía y Competitividad que ha ocupado en dos legislaturas prácticamente completas, de 2011 a 2018.
Luis de Guindos Jurado ha publicado -según la base de datos Dialnet- 32 artículos desde 1984 hasta 2014, 4 libros y 10 colaboraciones en obras colectivas, como puede comprobarse accediendo al siguiente enlace:
495. d. https://bit.ly/2HTiCke
Sobre otros detalles de su biografía: no es difícil encontrar en Internet diversos documentos que los detallan.
De Guindos es un hombre de gran frialdad, inteligencia, capacidad y método, pero protegido -y probablemente a la vez peso pesado- por/de una conocida orden religiosa. Sobresale varios cuerpos por encima de la mediocridad apabullante de la clase política que vegeta en Madrid.
Ha intentado salir del Gobierno español al menos dos veces, la primera para dirigir el Eurogrupo. La partida inicial se la ganó el ministro holandés Jeroen Dijsselbloem en 2015; y la segunda, se la ganó "el Sistema": después del mandato de Dijsselbloem no le pudo suceder, puesto que prefirieron al Ministro portugués de Finanzas.
La segunda intentona para salir del Gobierno ha sido reciente y al final, ha resultado con éxito: De Guindos ha dejado el Ministerio de Economía y Competitividad, y ha sido nombrado Vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE). Empezará a ejercer sus funciones en junio de 2018 y sin duda pugnará por suceder a Mario Draghi en la Presidencia de dicho Banco.
El gran fracaso social de De Guindos, ha sido el tremendo coste que ha representado para los contribuyentes españoles de rentas medias y bajas, la supervivencia del sistema bancario español, que ha adelgazado y reducido su peso notablemente tras una frenética carrera de salvamentos, fusiones y absorciones. Y ello a pesar de que De Guindos afirmó varias veces que dicha operación "no costaría un céntimo" al "contribuyente español". Y que no existiría ninguna intervención de la Comunidad Europea (Eurogrupo) y del BCE, cuestión que -por supuesto- sucedió y de qué manera. A lo máximo que aspiraron De Guindos y el Gobierno Español, fue a que se admitiera políticamente "que no había habido intervención".
Silenciosamente y de un plumazo, con este salvamento se consiguió, además, la supresión de la parte más social del sistema financiero español: las Cajas de Ahorro, que controlaba casi el 50% de la cuota del mercado financiero.
Ejecutar esta idea había sido un proyecto largamente acariciado por los máximos dirigentes de los grandes bancos españoles, que no veían con buenos ojos tener como competidoras directas unas instituciones que no habían de defender sus resultados ante "duras instituciones de supervisión y control" como sí les tocaba a ellos (las Juntas Generales de Accionistas, la cotización de sus acciones en los mercados bursátiles, la CNMV, etc.) Se aprovechó la crisis financiera para desballestar casi totalmente este gran subsector del sistema financiero, ante las narices de la izquierda política convencional española... y casi sin objeción.
Como siempre, las grandes operaciones se realizan cuando está presente además un problema mayor simultáneo que se lleva todo el protagonismo y, por tanto, casi nadie está mirando en la dirección del "problema secundario".
Obsérvese lo que está pasando estas últimas semanas con el rescate de las autopistas de la Comunidad de Madrid... Otro ejemplo "de libro" de prestidigitación política. Y van...
Este artículo escrito por un joven De Guindos (24 años) en la época en la que concursaba a oposiciones del Estado Español (fue su primer artículo importante) usó como base la obra de William Silber: "Towards a Theory of Financial Innovation", publicada en 1975.
De Guindos resume en su artículo dos teorías sobre la innovación financiera. La primera alude a las restricciones a que se ven sometidas las instituciones financieras por parte de los distintos marcos legales, que provocan una respuesta de éstas para adaptarse y superarlos (incluso burlarlos parcialmente) mediante la innovación. La segunda -que para De Guindos es complementaria a la anterior y no sustitutiva- es "la teoría de la demanda de características" que atribuye a la presión de los demandantes el motor de la necesidad de que se efectúe innovación continua en este dinámico sector.
Para quien esto escribe, tal vez la clave de la innovación financiera radica en una tercera causa, que es la imposibilidad de patentar las innovaciones financieras. Dicha restricción legal hace que la copia (finamente llamada "benchmarking financiero") entre instituciones sea continua, por lo que una vez lanzada cualquier innovación financiera por parte de una entidad bancaria, las demás instituciones responden a este nuevo hecho con su propia innovación al cabo de horas o a lo sumo, después de unos días; y si es posible, mejorada.
Esta peculiaridad legal acelera aún más el proceso de innovación financiera, porque nadie puede apropiarse de una "renta de situación" basada en la exclusividad de una patente; hay que aprovechar la pegada de ser el innovador a los ojos del mercado y resistir al máximo en primera línea a los ojos de los clientes.
Si reflexionamos, la que se acaba de mentar in abstracto no es una tercera causa de innovación, sino una variante importante de la primera de las dos descritas más arriba.
En el fondo cabe considerar como restricción institucional, el hecho de que el innovador no pueda proteger jurídicamente -y por lo tanto, está impedido de beneficiarse temporalmente del producto de su esfuerzo intelectual y organizativo- y que, por ello, la única forma de rentabilizarlo sea presionar al máximo su introducción en el mercado, puesto que las demás instituciones bancarias realizan un "me-too" y se llevan parte de los beneficios adicionales de la innovación, hasta que ésta se convierte en una mera "commodity" o en un producto genérico.
BREVE COMENTARIO SOBRE INNOVACIONES FINANCIERAS RECIENTES
Un caso claro de innovación disruptiva en el sector financiero, es el aportado por las empresas "Fintech" (contracción de finanzas + tecnología). Sus formas de competir son ágiles, con menos regulaciones que las referentes a las instituciones financieras tradicionales (las esquivan diestramente) y usando muchas veces la economía colaborativa, demostrada por plataformas de intercambio de divisas como la que construyó Kantox hace unos años, caso que pongo como ejemplo, pero desconozco si esta empresa fue la inventora de tal concepto de negocio.
El concepto de negocio de Kantox (y el de otras empresas "Fintech" similares) inicialmente destrozó la cuenta de resultados de la banca directamente asociada a la intermediación de divisas, actividad que tenía una mecánica comercial muy poco transparente y en algunos casos, abusiva. Más segura que la de las plataformas mencionadas, si, pero mucho más cara para el cliente de extranjero.
¿Cual ha sido la reacción de los bancos importantes ante las plataformas de intercambio de divisas? Seguramente ellas esperaban una reacción fulminante basada en adquisiciones de algunas de dichas start-up por parte de los bancos. Me consta que algunas rezaban para poder beneficiarse de fuertes pelotazos financieros.
Pero los bancos se han decantado más bien por hacer "me-too" y crear sus propias plataformas, mejorando la transparencia y siendo más competitivos. Por lo tanto, aquí tenemos una consecuencia de la no patentabilidad de la innovación financiera.
En resumen: ante una innovación disruptiva de los advenedizos en el mercado, los bancos han planteado preferentemente la estrategia "me-too". Son conscientes de que se puede perder enteramente un cliente a causa de una operación de extranjero que ha dejado en descubierto un abuso bancario previo; por eso se adaptan a la mecánica de estas "Fintech".
Lo que no tiene cada "Fintech" en oferta (han nacido sumamente especializadas) son "supermercados financieros" que puedan atender toda la demanda financiera de una empresa. Este es un evidente punto débil que no tiene la Banca, precisamente.
Por otra parte los"préstamos-fuera del sistema bancario" realizados por otro tipo de "Fintech" como es Arboribus en España, son responsables de más del 10% de esta línea de negocio -porcentaje creciente- hasta hace poco monopolizada por los bancos.
Es de esperar que estas innovaciones disruptivas -que se benefician del desconcierto regulador que han introducido en el mercado y que no acaban de ser domesticadas por cada Banco Central nacional- no generen algún problema financiero grave, que solo pueda solucionarse a la vista del escarmiento asociado a las pérdidas de dinero y de prestigio que ocasione. La innovación como concepto y la seguridad financiera, no siempre casan bien.
....
Personalmente no recuerdo donde leí la tesis de la aceleración de la innovación financiera gracias a la no-patentabilidad. Observo que la adujo en 1990 el consultor bancario Sr. Ramón Casilda Béjar, como puede comprobarse aquí:
495. b. https://bit.ly/2FNMSXG
Los dos artículos que se mencionan a continuación, tienen grandes probabilidades de que traten este asunto:
DUFEY, G., y GIDDY, I.H.: (1.986) "La innovación en los mercados financieros internacionales". En: Revista "Información Comercial Española". Madrid. Nº 629. Pg. 17-33. Traducción al castellano de Innovation in the Financial Markets. En: "Journal of International Business Studies". Fall 1.981.
VAN HORNE, J. C.: (1.986) "De la innovación financiera y sus excesos". En: "Información Comercial Española". Madrid. Nº 629. Enero. Pg. 7-15. Original en inglés: "Of Financial innovations and excesses". En: "Journal of Finance". Vol. XL. Nº 3. July 1.985.
VISIÓN RECIENTE SOBRE LA INNOVACIÓN FINANCIERA
Una visión reciente sobre la innovación financiera fue publicada por BBVA en 2013: "Innovación financiera: una visión equilibrada". En esta nota se admite que hay "innovación financiera destructiva" y se alaba y defiende la "innovación financiera constructiva", que sirve para:
1) Generar "nuevos medios de pago y de depósito de patrimonios".
2) "Proporcionar medios para obtener intereses, dividendos y ganancias de capital por el dinero invertido en las finanzas".
3) "Traslado del ahorro a la inversión, en el país o en el exterior"; y
4) Para BBVA "una función esencial de las finanzas, a veces pasada por alto, es la asignación de los riesgos a aquellas personas más deseosas y capaces de asumirlos. Algunas veces esta función se confunde con la creencia de que las finanzas reducen el riesgo global. Ni lo hacen ni podrán hacerlo. En lugar de eso, lo más que pueden hacer las finanzas es trasladar el riesgo a aquéllos que más eficientemente pueden asumirlo y extenderlo de manera que no se concentre excesivamente en pocas manos".
Este documento alude a la importante Ley Dodd-Frank, aprobada por el Congreso norteamericano en el verano de 2010, considerada como la reacción institucional más importante desde la crisis de 1929 ante una enorme crisis financiera (como la que se dio en 2007-08).
En el momento de publicar el BBVA este escrito -2013- se hacía alusión a los más de 200 reglamentos cuya publicación se esperaba para poderla desplegar completamente.
No cabe duda que el errático mando de Trump desnaturalizará absolutamente la capacidad protectiva del gobierno norteamericano regulando la macroeconomía financiera, por lo que pueden producirse -estimo- nuevos y graves peligros de crisis en un futuro próximo. Uno de ellos podría consistir en una desaforada subida de los tipos de interés; pero extrañamente de momento no se ha producido, probablemente gracias a la habilidad equilibrista y el talento de la Presidente de la Reserva Federal norteamericana, la catedrática Janet Yellen.
El documento del BBVA acaba su exposición con las siguiente sentatas palabras: "Independientemente del modo en que valoremos la innovación financiera pasada, la reciente crisis nos enseña que los responsables políticos deben ser más rápidos en corregir los abusos en el momento en que surgen, e impedir que las innovaciones financieras destructivas causen el tipo de estragos económicos que, por desgracia, acabamos todos de presenciar".
Puede consultarse el mencionado documento, por medio del siguiente enlace:
495. c. https://bbva.info/2rjTQ2j
AUTOR Y OBRA
El Dr. Luis de Guindos Jurado nació en 1960. Se licenció en CUNEF y obtuvo el doctorado en Economía en la Universidad Complutense de Madrid, con Premio Extraordinario. Consiguió plaza en la oposición de Técnico Comercial y Economista del Estado, con el número 1 de su promoción.
Profesionalmente ha seguido una carrera de base altamente tecnocrática, enlazando sucesivamente posiciones cada vez más importantes en el sector público y en el privado. Por ejemplo, llegó a ser segundo del Ministerio de Economía que dirigía Rodrigo Rato en los gobiernos de Aznar, estuvo en un alto cargo para Europa del Banco de Inversión Lehman Brothers en los años previos a la gran crisis de 2007 y más tarde pasó a PwC, de donde fue aupado por Rajoy al Ministerio de Economía y Competitividad que ha ocupado en dos legislaturas prácticamente completas, de 2011 a 2018.
Luis de Guindos Jurado ha publicado -según la base de datos Dialnet- 32 artículos desde 1984 hasta 2014, 4 libros y 10 colaboraciones en obras colectivas, como puede comprobarse accediendo al siguiente enlace:
495. d. https://bit.ly/2HTiCke
Sobre otros detalles de su biografía: no es difícil encontrar en Internet diversos documentos que los detallan.
De Guindos es un hombre de gran frialdad, inteligencia, capacidad y método, pero protegido -y probablemente a la vez peso pesado- por/de una conocida orden religiosa. Sobresale varios cuerpos por encima de la mediocridad apabullante de la clase política que vegeta en Madrid.
Ha intentado salir del Gobierno español al menos dos veces, la primera para dirigir el Eurogrupo. La partida inicial se la ganó el ministro holandés Jeroen Dijsselbloem en 2015; y la segunda, se la ganó "el Sistema": después del mandato de Dijsselbloem no le pudo suceder, puesto que prefirieron al Ministro portugués de Finanzas.
La segunda intentona para salir del Gobierno ha sido reciente y al final, ha resultado con éxito: De Guindos ha dejado el Ministerio de Economía y Competitividad, y ha sido nombrado Vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE). Empezará a ejercer sus funciones en junio de 2018 y sin duda pugnará por suceder a Mario Draghi en la Presidencia de dicho Banco.
El gran fracaso social de De Guindos, ha sido el tremendo coste que ha representado para los contribuyentes españoles de rentas medias y bajas, la supervivencia del sistema bancario español, que ha adelgazado y reducido su peso notablemente tras una frenética carrera de salvamentos, fusiones y absorciones. Y ello a pesar de que De Guindos afirmó varias veces que dicha operación "no costaría un céntimo" al "contribuyente español". Y que no existiría ninguna intervención de la Comunidad Europea (Eurogrupo) y del BCE, cuestión que -por supuesto- sucedió y de qué manera. A lo máximo que aspiraron De Guindos y el Gobierno Español, fue a que se admitiera políticamente "que no había habido intervención".
Silenciosamente y de un plumazo, con este salvamento se consiguió, además, la supresión de la parte más social del sistema financiero español: las Cajas de Ahorro, que controlaba casi el 50% de la cuota del mercado financiero.
Ejecutar esta idea había sido un proyecto largamente acariciado por los máximos dirigentes de los grandes bancos españoles, que no veían con buenos ojos tener como competidoras directas unas instituciones que no habían de defender sus resultados ante "duras instituciones de supervisión y control" como sí les tocaba a ellos (las Juntas Generales de Accionistas, la cotización de sus acciones en los mercados bursátiles, la CNMV, etc.) Se aprovechó la crisis financiera para desballestar casi totalmente este gran subsector del sistema financiero, ante las narices de la izquierda política convencional española... y casi sin objeción.
Como siempre, las grandes operaciones se realizan cuando está presente además un problema mayor simultáneo que se lleva todo el protagonismo y, por tanto, casi nadie está mirando en la dirección del "problema secundario".
Obsérvese lo que está pasando estas últimas semanas con el rescate de las autopistas de la Comunidad de Madrid... Otro ejemplo "de libro" de prestidigitación política. Y van...
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